La DGT (Dirección General de Tráfico) prohíbe la circulación de los “segway” por la calzada, ya que no se consideran vehículos a motor, y por las aceras, ya que tampoco son peatones, aunque da a los municipios la potestad de aplicar excepciones.
Estas excepciones podrán señalar vías y espacios urbanos por los que se permita el uso de estos vehículos de forma libre.
En la ordenanza de circulación de peatones y ciclistas, aprobada en 2009 y modificada en 2014, del Ayuntamiento de Zaragoza, ya se intentó abordar este tema, aunque debido al vacío legal existentes se decidió no abordar por el momento. Ahora será el momento de tratarlo.
En este sentido, el Área de Movilidad del consistorio de Zaragoza analizará cómo incluir la instrucción de la DGT en la normativa municipal, en principio, modificando la Ordenanza General de Tráfico de la ciudad y estudiando antes las soluciones adoptadas por otras regiones con mayor presencia de estos vehículos.
Hasta ahora, las únicas directrices de circulación que tenían estos vehículos eran las de circular por parques y aceras a una velocidad máxima de 10 km/h.
FUENTE: HERALDO